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Instalación de luz: qué hay detrás de un punto de luz

Cambiar una lámpara y crear un punto de luz nuevo se parecen poco: lo primero es mantenimiento, lo segundo es modificar la instalación y tiene reglas.

¿Qué es una instalación de luz?

Cuando se habla de «instalación de luz» en una vivienda se está hablando, casi siempre, de puntos de luz: el conjunto formado por el cable que llega desde el cuadro, la caja de derivación donde se hacen las conexiones, el mecanismo que gobierna el encendido (interruptor, conmutador, pulsador o detector) y la luminaria. Todo eso cuelga del circuito de alumbrado, que es uno de los circuitos independientes que salen del cuadro de la vivienda y que tiene su propia protección y su propia sección de cable.

Es importante distinguirlo de dos cosas que no son lo mismo: cambiar una lámpara por otra en un punto que ya existe (eso lo puede hacer cualquiera con la instalación sin tensión) y crear un punto de luz nuevo donde antes no había nada, que es una modificación de la instalación.

¿Qué tipos de punto de luz existen?

La diferencia entre ellos no está en la lámpara, sino en desde cuántos sitios se enciende y con qué mecanismo:

  • Punto de luz simple: se enciende y se apaga desde un único interruptor. Es el caso más común en dormitorios pequeños, baños y trasteros.
  • Punto conmutado: se gobierna desde dos sitios con dos conmutadores. Lo típico de un pasillo o de un dormitorio con interruptor en la puerta y otro en el cabecero.
  • Punto con cruzamiento: se gobierna desde tres o más sitios, añadiendo un mecanismo de cruzamiento entre los dos conmutadores. Escaleras y pasillos largos.
  • Punto con pulsador y telerruptor: varios pulsadores actúan sobre un relé situado en el cuadro. Se usa cuando hay muchos puntos de mando y el conmutado se vuelve inmanejable.
  • Punto con detector de presencia o crepuscular: enciende solo, por movimiento o por nivel de luz. Portales, garajes, exteriores.
  • Punto regulado: lleva un regulador de intensidad. Exige que la luminaria y su driver sean compatibles con regulación, algo que no ocurre con todos los equipos LED.

Simple, conmutado o cruzamiento: cuál necesitas

Qué mecanismo corresponde a cada situación y qué implica en obra.
SimpleConmutadoCruzamiento
Puntos de mandoUnoDosTres o más
Mecanismos1 interruptor2 conmutadores2 conmutadores + 1 cruzamiento por punto extra
Cableado entre mecanismosNo hace faltaSí, entre los dos conmutadoresSí, encadenando todos los mecanismos
Dónde tiene sentidoBaño, trastero, habitación pequeñaPasillo, dormitorio, escalera de un tramoEscalera de varios tramos, pasillo largo
Obra si no está previstoMínimaHay que llevar cable de un punto al otroBastante: varias rozas o canaleta

Si la vivienda no tiene el cableado previsto para conmutar y no se quiere abrir rozas, hay dos salidas razonables: llevar el cable por instalación vista en tubo o canaleta, o resolver el segundo punto de mando por radiofrecuencia con un módulo compatible.

¿Qué exige el reglamento en el circuito de alumbrado?

El alumbrado no es un circuito improvisado: el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) y sus instrucciones técnicas complementarias fijan cuántos circuitos de alumbrado debe tener una vivienda según su grado de electrificación, cuántos puntos de utilización puede colgar de cada uno, qué sección mínima debe tener el conductor y qué protección le corresponde en el cuadro. También condicionan qué se puede montar en un baño, donde la cercanía del agua define zonas con requisitos distintos para cada mecanismo y luminaria.

Nada de eso se decide «a ojo» ni se resuelve mirando la potencia de la bombilla: es lo que comprueba el instalador cuando firma el certificado de la instalación, y es la razón por la que sumar puntos de luz a un circuito que ya iba justo no es una buena idea aunque físicamente encajen.

¿Puedo montar yo un punto de luz?

Aquí conviene ser claro. Sustituir una luminaria por otra en un punto existente, o cambiar un interruptor por otro equivalente, es una tarea de mantenimiento que un particular puede hacer siempre que baje el automático correspondiente y compruebe la ausencia de tensión antes de tocar los conductores.

Crear un punto de luz nuevo, añadirlo a un circuito, cambiar el mando de simple a conmutado o intervenir en el cuadro es otra cosa: es una modificación de la instalación y corresponde a una empresa instaladora habilitada en baja tensión. Además de la exigencia legal, hay una razón práctica: quien lo hace tiene que saber si ese circuito admite un punto más, y eso depende de la sección del cable y de la protección que lo cubre, no de que haya hueco en la caja de derivación.

Y una frontera que no se cruza nunca: la acometida, la caja general de protección y el contador son de la empresa distribuidora, van precintados y no se tocan. Ninguna instalación de luz pasa por ahí. El reparto completo de qué es tuyo y qué no está en la electricidad en casa: de la calle al enchufe.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un interruptor y un conmutador?

El interruptor abre o cierra un solo circuito y gobierna la luz desde un único sitio. El conmutador desvía la corriente entre dos vías y se usa por parejas para encender y apagar el mismo punto de luz desde dos lugares distintos, como los dos extremos de un pasillo.

¿Puedo convertir un punto de luz simple en conmutado?

Sí, pero implica llevar cable desde el punto existente hasta el segundo mecanismo, lo que en una instalación empotrada significa abrir roza o pasar por canaleta vista. Es una modificación de la instalación y corresponde a una empresa instaladora habilitada en baja tensión. Si no se quiere obra, la alternativa es un módulo por radiofrecuencia.

¿Cuántos puntos de luz puedo colgar de un mismo circuito?

No hay una cifra universal: depende del grado de electrificación de la vivienda, de la sección del conductor y de la protección del circuito. El número máximo de puntos de utilización por circuito lo fija el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en sus instrucciones técnicas complementarias, y es uno de los puntos que comprueba el instalador.

¿Hace falta boletín para instalar un punto de luz?

Para una sustitución de luminaria o de mecanismo, no. Para una modificación o ampliación real de la instalación, el instalador habilitado determina si procede emitir un certificado de instalación eléctrica y en qué casos hay que registrarlo ante el órgano competente en industria de la comunidad autónoma, que es quien fija ese trámite.

Fuentes

Lo que se explica aquí se apoya en estas fuentes oficiales. Si consultas una y no coincide con lo que lees, manda la fuente: se corrige el artículo.

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