InicioCuadro eléctrico › Cuadro general de mando y protección: qué es y qué exige el REBT

Cuadro general de mando y protección

Es el nombre real de «el cuadro de la luz», y el reglamento no solo dice qué lleva dentro: dice también dónde tiene que estar y a qué altura.

¿Qué es el cuadro general de mando y protección?

El cuadro general de mando y protección es el nombre reglamentario de lo que en casa se llama «el cuadro de la luz»: el conjunto de aparatos que reciben la corriente que llega a la vivienda y desde el que salen, ya protegidos, todos los circuitos interiores. El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) lo trata en su ITC-BT-17, titulada precisamente «Instalaciones de enlace. Dispositivos generales e individuales de mando y protección. Interruptor de control de potencia».

Ese nombre largo explica su función mejor que la palabra «cuadro». Son dos cosas a la vez: mando, porque desde ahí se corta la corriente a mano cuando hace falta, y protección, porque cada aparato que hay dentro vigila algo distinto y desconecta cuando ese algo falla.

Y marca una frontera importante: el cuadro es el final de la derivación individual y el principio de la instalación interior. Todo lo que hay aguas arriba —contador, caja general de protección, acometida— pertenece a la empresa distribuidora. Todo lo que sale del cuadro hacia dentro es de la vivienda.

¿Dónde tiene que estar situado el cuadro?

La ubicación no es libre, y es de las cosas que más se incumplen en reformas antiguas. La ITC-BT-17 dice que los dispositivos generales de mando y protección se situarán lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual en la vivienda, y añade dos condiciones concretas para viviendas:

  • Debe preverse su situación junto a la puerta de entrada.
  • No puede colocarse en dormitorios, baños, aseos y similares.
  • La altura, medida desde el suelo, estará comprendida entre 1,4 y 2 metros. (En locales comerciales la altura mínima es de 1 metro.)

Hay además dos requisitos del propio armario que casi nadie mira: su posición de servicio será vertical y la envolvente debe tener un grado de protección mínimo IP 30 —es decir, que no entren cuerpos sólidos de más de 2,5 mm, como un dedo o un destornillador— y IK07 frente a impactos. Por eso un cuadro con la tapa rota o sin tapa no es un detalle estético: deja de cumplir lo único que impedía llegar con la mano a partes en tensión.

¿Qué lleva dentro como mínimo?

La ITC-BT-17 fija una composición mínima. Un cuadro de vivienda debe contener, al menos:

  • Un interruptor general automático (IGA) de corte omnipolar, accionable a mano y con protección contra sobrecargas y cortocircuitos. El reglamento subraya que este interruptor es independiente del interruptor de control de potencia.
  • Un interruptor diferencial general, destinado a proteger contra contactos indirectos todos los circuitos —salvo que esa protección se resuelva con otros dispositivos conforme a la ITC-BT-24—.
  • Dispositivos de corte omnipolar para cada circuito interior, contra sobrecargas y cortocircuitos: los magnetotérmicos, uno por circuito.
  • Un dispositivo de protección contra sobretensiones, conforme a la ITC-BT-23, si fuese necesario.

La instrucción admite una variante habitual hoy: si se instala un diferencial por cada circuito o grupo de circuitos, se puede prescindir del diferencial general, siempre que todos los circuitos queden protegidos. Y si se ponen varios diferenciales en serie, debe existir selectividad entre ellos, para que salte el más cercano al problema y no el de arriba, que dejaría la casa entera a oscuras.

Cuántos circuitos salen de ahí y qué sección lleva cada uno depende del grado de electrificación de la vivienda, que se explica en el cuadro eléctrico de una vivienda básica.

¿En qué se diferencian el ICP y el interruptor general?

Es la confusión más extendida del cuadro, y tiene consecuencias prácticas: son dos aparatos parecidos, contiguos, y solo uno es tuyo.

Los dos interruptores «grandes» del cuadro, comparados por función y por propiedad.
Interruptor de control de potencia (ICP)Interruptor general automático (IGA)
Para qué estáLimitar la potencia a la contratadaCortar toda la vivienda y protegerla frente a sobrecarga y cortocircuito
Dónde vaEn una caja en compartimento independiente y precintable, inmediatamente antes de los demás dispositivosEn el cuadro, como primer dispositivo de la instalación interior
Quién lo controlaVa precintado: forma parte del equipo de medida y control de la compañíaEs de la instalación de la vivienda
Puede sustituir al otroNoNo; el reglamento los declara independientes
Qué te dice si saltaSe ha superado la potencia contratadaHay un problema de consumo o un defecto en la instalación

En muchas viviendas ya no hay ICP físico, porque el contador digital incorpora la función de control de potencia. Eso no cambia nada de lo anterior: el IGA sigue siendo obligatorio y sigue siendo independiente. Si lo que te ocurre es que la casa se queda sin luz al enchufar varias cosas a la vez, el problema es de potencia y se aclara en cuánta potencia necesito.

¿Cómo comprobar tu cuadro sin abrir nada?

Todo lo que sigue se hace mirando. No hay que quitar la tapa, ni desmontar, ni medir nada.

  1. Busca la placa del instalador. La ITC-BT-26 obliga a fijar de forma permanente sobre el cuadro de distribución una placa impresa con caracteres indelebles en la que consten el nombre o marca comercial del instalador, la fecha en que se realizó la instalación y la intensidad asignada del interruptor general automático. Si está, tienes la edad real de la instalación y su capacidad máxima de un vistazo.
  2. Comprueba dónde está y a qué altura. Junto a la puerta de entrada, nunca en un dormitorio o un baño, y entre 1,4 y 2 metros del suelo.
  3. Mira si hay al menos un diferencial. Es el aparato más ancho y el único con un botón de prueba, normalmente marcado con una «T». Si no hay ninguno, la instalación no cumple y es motivo para llamar sin esperar.
  4. Cuenta los automáticos. Debe haber uno por cada circuito de la vivienda. Un cuadro con dos palancas para una casa entera es el retrato de una instalación anterior al reglamento vigente.
  5. Revisa la tapa y el estado general. Tapa completa, sin huecos abiertos, sin señales de calor ni de humedad, y con los circuitos etiquetados.

Si algo de esto falla, lo que toca es una revisión por una empresa instaladora habilitada en baja tensión, que es quien puede abrir, medir y, si procede, emitir el boletín eléctrico.

Dónde acaba lo que puede hacer un particular

Sustituir un aparato del cuadro, añadir un circuito, cambiar el cuadro de sitio o ampliarlo es modificar la instalación, y eso corresponde a una empresa instaladora habilitada, no al bricolaje: no es solo una cuestión de riesgo eléctrico, es que la modificación tiene que quedar documentada para poder acreditarse ante el órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma.

Y aguas arriba del cuadro la frontera es innegociable: la acometida, la caja general de protección y el contador son propiedad de la empresa distribuidora, van precintados y manipularlos o romper sus precintos es fraude. El compartimento del ICP también es precintable por ese mismo motivo. Si el problema está ahí, la llamada es a la distribuidora, no a un instalador.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el cuadro general de mando y protección?

Es el nombre reglamentario del cuadro eléctrico de una vivienda: el conjunto de dispositivos que reciben la corriente de la derivación individual y desde el que salen, ya protegidos, todos los circuitos interiores. El REBT (RD 842/2002) lo regula en su ITC-BT-17. Marca la frontera entre la instalación de enlace y la instalación interior de la vivienda.

¿Dónde debe instalarse el cuadro eléctrico de una vivienda?

Según la ITC-BT-17, lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual y, en viviendas, junto a la puerta de entrada. No puede colocarse en dormitorios, baños ni aseos, y la altura desde el suelo debe estar comprendida entre 1,4 y 2 metros.

¿Qué dispositivos debe llevar como mínimo?

Un interruptor general automático de corte omnipolar con protección contra sobrecargas y cortocircuitos, independiente del ICP; un interruptor diferencial general para la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos; dispositivos de corte omnipolar para cada circuito interior; y protección contra sobretensiones conforme a la ITC-BT-23 si fuese necesario.

¿El ICP y el interruptor general son lo mismo?

No, y el reglamento lo dice expresamente: el interruptor general automático es independiente del interruptor de control de potencia y no puede ser sustituido por él. El ICP limita la potencia a la contratada y va en un compartimento independiente y precintable; el IGA corta toda la vivienda y la protege frente a sobrecargas y cortocircuitos.

¿Qué información tiene que llevar la placa del cuadro?

La ITC-BT-26 obliga al instalador a fijar de forma permanente sobre el cuadro de distribución una placa impresa con caracteres indelebles con su nombre o marca comercial, la fecha en que se realizó la instalación y la intensidad asignada del interruptor general automático que corresponda a la vivienda.

¿Puedo cambiar yo el cuadro eléctrico de mi casa?

No. Cambiar, ampliar o desplazar el cuadro es modificar la instalación, y corresponde a una empresa instaladora habilitada en baja tensión, que además puede documentarlo ante el órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma. Aguas arriba del cuadro, la acometida, la caja general de protección y el contador son de la empresa distribuidora, van precintados y manipularlos es fraude.

Fuentes

Lo que se explica aquí se apoya en estas fuentes oficiales. Si consultas una y no coincide con lo que lees, manda la fuente: se corrige el artículo.

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